Cómo garantizar el uso de tu vivienda a tu pareja cuando fallezcas

Cómo garantizar el uso de tu vivienda a tu pareja cuando fallezcas

¡¡Ojo!!! como fallezcas sin testamento tu pareja puede quedarse fuera de tu casa. ¿Quieres saber como garantizar el uso de la vivienda a tu pareja cuando faltes?

El testamento para garantizar el uso de tu vivienda a tu pareja cuando fallezcas

Cuando una persona otorga testamento, hoy se suele plantear la duda sobre cómo quedará su pareja cuando esta persona fallezca.

Y, el principal problema que se plantea, es como su pareja puede vivir tranquilo en la casa qué es la vivienda familiar, aun cuando los hijos puedan tener intención de vender la casa.

Es cierto que todos los padres quieren que sus hijos queden protegidos, pero la realidad es que, también, quieren que su pareja siga viviendo en el hogar familiar.

Limitaciones para repartir los bienes

En el derecho común español, los hijos de una persona fallecida tienen derecho a dos terceras partes de la herencia (con matices, pero eso es así). Es lo que se denomina “legítima”.

De hecho, eso es un derecho que ninguna persona debe obviar al otorgar testamento, ya que cuando una persona fallece, en un territorio que se rija por el Código Civil, dos terceras partes de sus bienes TIENEN que adjudicarse a sus hijos (art. 808 del código civil)

Bienes de la herencia

Sin querer entrar en generalidades, es muy normal encontrarse un patrimonio familiar que consiste en una vivienda (con o sin hipoteca), un coche o dos y unos pequeños ahorros.

Normalmente, los ahorros con pequeños y los vehículos viejos y con un valor bastante reducido, de manera que el único bien que tiene algo de valor es el inmueble, con o sin hipoteca.

Si dos terceras partes de los derechos del fallecido “van a parar” a los hijos, ¿Cómo se puede proteger el uso de la vivienda a tu pareja cuando fallezcas?

Posibilidad de asegurar el uso de la vivienda a tu pareja cuando fallezcas

Para poder proteger el derecho de tu pareja sobre la vivienda, es necesario hacer testamento, puesto que será en ese testamento en el que indicarás a tus herederos a que acepten “tus reglas de juego”.

Es muy humano pensar que “tu familia” no va a crear problemas, pero también es muy humana aquella frase de “familia es lo que queda después de dividir una herencia”, así que es mejor prever problemas para evitar que surjan después.

Y desde ese punto de vista es interesante que tu cónyuge tenga una seguridad en el momento en el que tu faltes… o que tú tengas la seguridad de que quede asegurado el uso de la vivienda a tu pareja cuando fallezcas.

Garantizar el uso vía testamento

Como ya te he dicho, la única manera de que puedas determinar cómo van a ser distribuidos tus bienes, cuáles van a ser las reglas del juegos de tu patrimonio en el que hayas fallecido, es mediante testamento.

Sin embargo, si fallece sin testamento, el cien por cien de tus bienes irán a parar a tus hijos como herederos universales (sin perjuicio de lo que se denomina derechos del cónyuge viudo, si es que los padres están casados).

Así pues, la única manera de poder disponer de los bienes, aun parcialmente, es otorgando testamento, y haciéndolo de una manera correcta, buscando cuál es tu voluntad y reflejándola claramente en dicho testamento.

Cuéntanos tu situación para encontrar la solución adecuada

 

Si la idea del testador es que, su pareja siga disfrutando de la vivienda familiar, es recomendable (casi obligatorio) que otorgue testamento y que lo indique en él, que proteja a su cónyuge.

Posibilidades en testamento: usufructo vitalicio

En el testamento, la persona que lo otorga puede tomar muchas decisiones y en cada caso las posibilidades son diferentes. Entiendo, y aconsejo a mis clientes, que es necesario analizar cada caso de manera de manera individualizada para poder llegar a la mejor solución posible.

A pesar de esa necesidad de asesoramiento individualizado, existe una solución que puede valer para, casi, cualquier supuesto en el que una persona quiera garantizar que su pareja pueda disfrutar de la casa familiar mientras que viva.

Cómo garantizar el uso de tu vivienda a tu pareja cuando fallezcas

Esa solución sería indicar en testamento, que quiere que a su pareja se le atribuya el usufructo vitalicio de la casa, eso implica que tendrá el derecho de uso y disfrute de la vivienda habitual de la vivienda mientras que viva y que, salvo que, de alguna manera, renuncie a ella, nadie le podrá echar de allí.

Quiero señalar que es una solución que puede implicar simplificar mucho las cosas, pero que es efectiva. Como ya he dicho cada supuesto tiene sus peculiaridades.

Adjudicación de la herencia

Una vez que hayas fallecido, habrá que tomar muchas decisiones sobre la manera de adjudicar la herencia, y tu pareja podrá aceptar ese usufructo o, incluso, llegar a un acuerdo para que se lo adjudique una cantidad económica.

Hay que tener en cuenta que, desde el momento en que se otorga el testamento, hasta el momento de la adjudicación de la herencia pueden pasar muchos años, por lo que las circunstancias cambian. Lo ideal sería cambiar también el testamento, pero no es lo habitual.

Por lo menos de esta forma, podrás garantizar que tu cónyuge tiene el uso de la vivienda.

Todo derecho conlleva una obligación

Lógicamente, la existencia de este derecho implica obligaciones. La vivienda no podrá ser vendida íntegramente si no es con el acuerdo de tu pareja, por lo que habrá que analizar cada caso concreto para ver cuál es la situación adecuada.

Puede que tu caso no sea necesario, o aconsejable, un usufructo vitalicio, sino un usufructo temporal, por alguna otra figura.

Realmente a la hora de otorgar testamento, resulta imprescindible un estudio concreto de cada situación para poder ver cuál es la solución óptima.

leer Política de Privacidad antes de aceptar*

Sobre el autor

  • Jesús Puente Abogado Herencias y Sucesiones Madrid

    Abogado con amplia experiencia en Derecho de Sucesiones y Herencias, habiendo enfocado gran parte de su trayectoria profesional en la gestión y partición de herencias.

2 comentarios en “Cómo garantizar el uso de tu vivienda a tu pareja cuando fallezcas”

  1. Miguel Ángel Sagüés

    Buenas tardes, Jesús, soy Miguel Ángel Sagüés. Cuando nos dejen, me gustaría tratar el asunto de este artículo contigo. Un abrazo

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Abrir chat
1
¿Necesitas ayuda?
Hola, ¿En qué podemos ayudarte?