¿Es una solución renunciar a una herencia por las deudas de ésta?

Renuncia herencia - Jesus Puente

No siempre es bueno renunciar a una herencia por las deudas que puedan existir

Como continuación de la manera de actuar ante una herencia con deudas (vero post aquí), creo conveniente ampliar esa información avisando que no siempre es bueno renunciar a una herencia por las deudas que pueda haber.

Renunciar a una herencia por las deudas puede ser mala idea.

De hecho, puede ser muy mala solución renunciar a una herencia por (y a pesar de) las deudas pero no se es consciente de las consecuencias de esta renuncia hasta que, normalmente, es demasiado tarde.

La renuncia a una herencia es un tema muy delicado y que debe ser objeto de un análisis muy detallado atendiendo a cada situación, y debes asesorarte convenientemente.

Análisis de las situaciones más cotidianas.

En este artículo no pretendo analizar todas las posibilidades, ya que sería algo inabarcable o excesivamente largo y prolijo (y teniendo en cuenta la enorme casuística, no encajaría perfectamente en tu caso)

Voy a centrarme en las situaciones más habituales que se suelen dar, partiendo de un esquema de una familia de dos hijos en el que el testador fallecido es Paco. Esta sería la estructura de esta familia.

renuncia herencia

Renuncia a la herencia SIN testamento.

Aunque no quiere realizar un análisis exhaustivo de todas las posibilidades, sí tengo que prever la alternativa de que, en el testamento, se haya previsto o no la figura de la sustitución. Ahora te explico en que consiste.

Si Paco fallece sin testamento y María renuncia a la herencia por la existencia de deudas, sus derechos hereditarios irían a parar al otro heredero (y no a sus hijos), ya que así lo prevé el artículo 922 del código civil. De esta manera, al renunciar María, la herencia quedaría así:

Renuncia herencia Jesus Puente

Ojo, si esa renuncia se debe a que existen muchas deudas, lo más normal es que el otro heredero también renuncie, entonces, no habiendo hijos, los herederos serían los siguientes en la línea sucesoria, o sea:

Renuncia herencia Jesus Puente

En la mayoría de los casos que se me plantea este problema, esos descendientes (Jorge y Paula) a los que iría a parar la herencia suelen ser menores de edad, los cuales, no pueden renunciar libremente a la herencia.

Para que un padre, pueda, en nombre del menor de edad, renunciar a una herencia (art. 166) deberá obtener autorización judicial, de manera que la renuncia, en caso de herencia, puede implicar mayores problemas de los que se había previsto inicialmente.

Renuncia a la herencia CON testamento:

Previsión testamentaria de sustitución.

Si existe testamento, es muy posible (y muy normal) que el testador haya utilizado la figura de la sustitución, lo que suele redactarse de una forma similar a la siguiente

“Nombra heredero a sus hijos, con sustitución (vulgar) a favor de sus descendientes.”

Si en el testamento que tiene delante hay un párrafo similar al anterior, el testador ha previsto la figura de la sustitución.

El Código civil, prevé que, si los herederos de Paco no acceden a la herencia por las causas previstas en el artículo 774 (por morir antes el heredero que el testador, no querer o no poder aceptar la herencia), heredarían los descendientes de los herederos que no han podido acceder a esa herencia.

Si, en el testamento, se había dispuesto una sustitución genérica implica que, si María renuncia a la herencia, los derechos y obligaciones, pasarían a Jorge y Paula.

Renuncia herencia Jesus Puente

Dicho de otra forma, si una persona renuncia a una herencia porque existen más deudas que bienes, y en el testamento estaba prevista la sustitución a favor de los descendientes, el problema pasaría a los hijos de la persona que renuncia.

Posibilidad de que, con testamento, no haya sustitución.

Si en el testamento no se prevé la sustitución, o no se prevé para el caso de la renuncia, evidentemente, no se daría la sustitución que se ha indicado anteriormente. Esta situación se da si, por ejemplo, en el testamento se indica:

“Nombra heredero a sus hijos, con sustitución (vulgar), en caso de premoriencia a favor de sus descendientes.”

En este supuesto no se ha previsto la sustitución si hay una renuncia, por lo que, si María renuncia, sus derechos no pasarán a sus hijos, sino a su hermano Luis:

Renuncia herencia Jesus Puente

Si Luis también renunciase, estaríamos ante la situación de que, habiendo renunciado todos los herederos, se entendería que no hay testamento, y se tendría que gestionar la herencia como si no se hubiera otorgado testamento

Conclusión

Es evidente que la primera actuación que hay que tener ante una herencia es comprobar que la aceptación de ésta no va a suponer un problema, pero si existen más deudas que bienes, hay que planificar y prever las diferentes posibilidades para eludir mayores problemas.

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Si tiene dudas de la mejor manera de actuar, póngase en contacto con este despacho, y le aconsejaremos sobre la mejor manera de actuar.

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1 comentario en “¿Es una solución renunciar a una herencia por las deudas de ésta?”

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