Tenga claro que es aconsejable hacer testamento para evitar problemas y trámites a sus herederos.
En numerosas ocasiones diferentes clientes me han planteado si es aconsejable hacer testamento. Mi respuesta, siempre, ha sido que resulta muy aconsejable hacer testamento; mejor dicho, que es muy importante otorgar testamento.
Es aconsejable hacer testamento: todos moriremos
Lamentablemente, muchas veces, el consejo cae en saco roto y la persona cree que es un trámite absurdo. Craso error, por partida doble
- Al hacer testamento, tus herederos tendrá un ahorro de trámites y dinero cuando fallezcas. Eso te lo aseguro.
- También te aseguro que, si haces testamento, éste tendrá utilidad en algún momento; (lamento decirte que en algún momento te vas a morir, y eso nadie lo va a evitar).
También es cierto que no conozco a nadie que se haya muerto por otorgar testamento, ni a nadie que, el no haber hecho testamento, le haya evitado morirse.
El testamento ahorrará trámites en la herencia
El hecho de hacer testamento implica que, cuando fallezcas, tus parientes (o amigos) tendrán un documento en el que quedarán designados los herederos, por lo tanto, jurÃdicamente, ya se sabe quienes son éstos.
Visto desde otro punto de vista, si no hay testamento, jurÃdicamente no se sabe quiénes son los herederos. Tus parientes sabrán que tus herederos son tus hijos y tu cónyuge (por ejemplo), pero mientras que no exista una declaración “oficial” al respecto, jurÃdicamente no se les puede considerar como tales.
Asà pues, si alguien fallece sin testamento hay que llevar a cabo la declaración de herederos, declaración de herederos que, dependiendo de las circunstancias tendrá que hacerse ante el Juzgado de Primera Instancia o ante notario.
Evidentemente, cualquiera de las dos vÃas conlleva una serie de gastos cuantiosos que podrÃan haberse evitado de haberse redactado y otorgado el testamento, por un coste muy reducido.
Es aconsejable hacer testamento para elegir a los herederos.
Pero es que, además del ahorro de trámites y de costes que conlleva haber realizado el testamento, si se otorga éste, el testador puede establecer diferentes disposiciones (en diversos ámbitos), como puede ser la adjudicación de sus bienes a diferentes personas (incluso no herederos).
Si no hay testamento, se estará a lo que establece el Código Civil, (salvo en Cataluña, Navarra y PaÃs Vasco) según el cual, los herederos sin testamento serán, por este orden, los descendientes, ascendientes, cónyuge, hermanos, sobrinos y, asà hasta el cuarto grado (primos, sobrinos nietos y tÃos abuelos)
Más aconsejable es hacer testamento si tienes pareja de hecho
En el territorio común, el Código Civil, en defecto de testamento, no reconoce ningún derecho sobre los bienes de la herencia a la pareja de hecho, esté inscrita la unión de hecho o no lo esté. Solo por eso, en el supuesto de uniones de hecho, es aconsejable hacer testamento o, en este caso, imprescindible.
Algunos territorios forales sà reconocen derechos a la pareja de hecho que, dependiendo de la Comunidad, deberá constar la inscripción en el Registro de parejas de hecho. Si quieres comprobar la situación lo puedes leer en este artÃculo.
AsÃ, si te encuentras sujeto al Código Civil, falleces sin testamento, con pareja pero no estás casado, tu pareja de hecho no recibirá ni un solo bien de los derechos de tu herencia. Antes que tu pareja heredará cualquier otro pariente, incluso un primo, aunque haga años que no sepas nada de él..
Y ojo con el coste fiscal que puede suponer una renuncia del heredero a favor de tu pareja de hecho, seguramente, no le merezca la pena.
Y si estas casado ¿Es aconsejable hacer testamento?
Pero es que, incluso estando casados, pueden darse situaciones muy tensas. Si estás casado , y falleces sin hijos, pero con padres, los herederos serán tus padres y no tu cónyuge; si tu pareja (estando casados) no se llevan bien con su cónyuge, puedo vaticinar que habrá problemas.
Y ese problema se agrava si existe una vivienda común.
Puede parecer que eso no resulta justo, pero es un problema que es fácilmente solucionable: bastarÃa con otorgar testamento.
Otorgar testamento no es nada complicado.
Otorgar testamento es un trámite que, como ya hemos dicho, no provoca la muerte del testador (tampoco le hace inmortal) pero que te va a permitir ordenar tus bienes, y tus deseos, una vez que fallezcas.
Lo normal es que el testamento se otorgue ante notario, si bien puede firmarse en casa, tal como indiqué en este artÃculo.
En el testamento, además de indicar quien será el heredero/s, se pueden tomar muchas decisiones, quién se quedará con alguna cosa concreta, pedir a algún heredero que haga algo por el testador, o imponer condiciones para intentar evitar que los herederos acaben mal a la hora de repartir la herencia.
Las posibles disposiciones que se pueden indicar en un testamento son casi infinitas. Tómese su tiempo son su abogado para que conozca bien cuáles son sus deseos y pueda aplicar la figura testamentaria más adecuada a su situación.
El coste de otorgar testamento es muy bajo, pero es importante que esté bien redactado. Piense que ese testamento se va a analizar una vez que no estés presente para interpretarlo: si resulta aconsejable hacer testamento, es muy importante estar muy bien asesorado.
Cualquier duda que puedas tener, me la puedes plantear contactando conmigo, o rellenando este formulario:
Hola Jesús, cuando dices que la declaración de herederos puede conllevar gastos cuantiosos, ¿puedes decirnos como de cuantiosos serÃan? Gracias
MarÃa
Dependerá de los herederos que haya dejado el causante.
Si los herederos son los hijos y el cónyuge, se puede hacer notarialmente y el coste notarial rondará los 200 euros (en lugar de los 50-60 que suele costar un testamento) más el asesoramiento del abogado.
Si la tramitación se lleva ante los Juzgados, el coste es mayor, ya que hay que interponer una demanda con firma de abogado y procurador y dependerá de las circunstancias de cada declaración de herederos y del acuerdo al que llegues con el abogado y el procurador que te lo tramite.